
Tras la cumbre celebrada en Washington el 8 de agosto de 2025 entre Armenia, Azerbaiyán y Estados Unidos, los ministerios de Exteriores armenio y azerí publicaron el contenido íntegro del acuerdo de paz alcanzado entre Ereván y Bakú el pasado mes de marzo.
El documento de 17 puntos, que supondría un paso clave en la normalización entre ambos países, aún no ha sido firmado. De hecho, el presidente azerí, Ilham Alíyev, ha señalado que Armenia debe modificar su Constitución para poder sellarlo de forma definitiva.
El acuerdo de paz comenzó a negociarse en 2023, tras la toma de Nagorno Karabaj por tropas azeríes, y busca acabar con un conflicto que ha marcado la región desde la década de 1980. A pesar de sus más de 30 años de independencia, no existen canales diplomáticos entre ambos países, y desde la Primera Guerra de Nagorno Karabaj a finales del siglo XX, Azerbaiyán y Turquía mantienen cerrados sus pasos fronterizos con Armenia.
Qué dice el acuerdo entre Armenia y Azerbaiyán
Dentro del acuerdo, varios artículos se destacan como elementos clave del proceso de paz entre Armenia y Azerbaiyán.
Artículo I
El primero de los puntos establece el reconocimiento mutuo de soberanía, fijando las fronteras de las antiguas repúblicas soviéticas como límites internacionales que ambos deben respetar. Concretamente, el documento dice lo siguiente:
"Habiendo confirmado que las fronteras entre las Repúblicas Socialistas Soviéticas de la antigua Unión Soviética se convirtieron en las fronteras internacionales de los respectivos Estados independientes y han sido reconocidas como tal por la comunidad internacional, las Partes reconocen y respetan la soberanía, la integridad territorial, la inviolabilidad de las fronteras internacionales y la independencia política de cada una".
Artículo II
El primer artículo se enlaza con el segundo. En este último se estipula que ninguno de los dos países debe mantener reclamaciones sobre el territorio ajeno y que las partes se comprometen a no llevar a cabo ninguna acción militar o política que busque, de ningún modo, balcanizar a la otra.
"En pleno cumplimiento del Artículo 1, las Partes confirman que no tienen reivindicaciones territoriales entre sí y que no las plantearán en el futuro. Las Partes no realizarán ningún acto, incluyendo la planificación, preparación, fomento o apoyo de tales actos, que tenga por objeto desmembrar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial o la unidad política de la otra Parte”.
Artículo VI
En el artículo 6, por su parte, se recoge que ambos países deberán llevar cabo negociaciones entre sus comisiones fronterizas para delimitar y demarcar las fronteras mutuas.
"Las Partes llevarán a cabo de buena fe negociaciones entre las respectivas comisiones fronterizas de conformidad con los reglamentos acordados por las Comisiones para concluir el Acuerdo sobre delimitación y demarcación de la frontera estatal entre las Partes”.
Artículo V
En el punto 5 se menciona uno de los aspectos clave de este proceso de normalización entre Armenia y Azerbaiyán: la apertura de las relaciones diplomáticas bilaterales. Debido a su historia conflictiva y al bloqueo adoptado por Bakú, ambos vecinos no han establecido relaciones diplomáticas formales.
El principal canal de comunicación entre las partes ha sido el Grupo de Minsk de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), el cual se disolverá en un futuro cercano.
"Dentro de los _ días [no se establece la cantidad exacta] siguientes al intercambio de los instrumentos de ratificación de este Acuerdo por ambas Partes, la Partes establecerán relaciones diplomáticas entre ellas de conformidad con las provisiones de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares [1961 y 1963 respectivamente]”.
Artículo IX
El artículo 9 aborda la necesidad de resolver los casos de "personas desaparecidas y de desapariciones forzadas". En este sentido, queda por ver si los detalles que se negocien en un acuerdo separado contemplarán la inclusión de las autoridades artsajíes detenidas por las fuerzas azeríes durante la intervención militar entre los casos de "desaparición forzada".
"Las Partes se comprometen a abordar los casos de personas desaparecidas y desapariciones forzadas ocurridos durante el conflicto armado que involucró a ambas Partes, incluyendo el intercambio de toda la información disponible sobre estas personas, directamente o en cooperación con las organizaciones internacionales relevantes, según corresponda.
Las Partes reconocen la importancia de investigar el paradero de estas personas, incluyendo la búsqueda y restitución de sus restos según corresponda y garantizar que se haga justicia a estas personas mediante investigaciones adecuadas, como medio para la reconciliación y el fomento de la confianza. Las modalidades correspondientes, a este respecto, se deberán negociar y acordar detalladamente en un acuerdo separado”.
Artículo VII
Como se supo en marzo, los últimos puntos en cerrarse del acuerdo fueron el relativo al no despliegue de fuerzas de terceros países en la frontera común y la retirada de todos los casos pendientes ante tribunales internacionales. La primera cuestión es abordada en el artículo 7 del documento.
"Las Partes no desplegarán fuerzas de terceros a lo largo de sus fronteras comunes. Las Partes, pendientes de la delimitación y posterior demarcación de sus fronteras mutuas, implementarán medidas de seguridad y fomento de la confianza mutuamente acordadas, incluso en el ámbito militar, con miras a garantizar la seguridad y la estabilidad de las regiones fronterizas”.
Aún se desconoce cómo afectará este artículo a las fuerzas de la Unión Europea desplegadas en la frontera entre Armenia y Azerbaiyán, cuya estancia se renovó por dos años más poco antes de la finalización del acuerdo.
Artículo XV
La retirada de los casos ante los tribunales internacionales se trata más específicamente en el articulo 15, donde se establece que ninguno de los dos países podrá acudir en un futuro a dichos foros para tratar problemas anteriores a la firma del acuerdo de paz.
"Sin prejuicio de lo dispuesto en el Artículo XIV, las Partes retirarán, desestimaran o resolverán de otro modo cualquier reclamación, queja, protesta, objeción, procedimiento o controversia interestatal relacionada con los asuntos existentes entre las Partes antes de la firma de este Acuerdo en cualquier foro legal dentro del mes siguiente a la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, y no iniciarán dichas reclamaciones, quejas, protestas, objeciones ni procedimientos, ni se involucrarán de ninguna manera en las reclamaciones quejas, protestas, objeciones o procedimientos iniciados con la otra Parte por terceros".
Las incógnitas de la paz
Fuera de este acuerdo quedan varios puntos clave, como la apertura de un corredor que una Azerbaiyán con su enclave de Najicheván o la vuelta de los armenios de Nagorno Karabaj a sus hogares.
La primera preocupación parece haber sido solucionada con el preacuerdo de nueve puntos alcanzado en Washington el 8 de agosto. En él se recoge la creación de la Ruta Trump para la Paz y la Prosperidad Internacional (TRIPP, por sus sigas en inglés), donde Estados Unidos logra en exclusividad el desarrollo del corredor que atravesará la provincia de Syunik, de soberanía armenia.

El retorno de los armenios de Artsaj, en cambio, se encuentran completamente ausente de todos los acuerdos discutidos tras la guerra de 2023. Más de 100.000 personas, casi la totalidad de la población de Nagorno Karabaj, abandonaron sus hogares tras la agresión relámpago azerí.
La mayoría de ellos han terminado refugiándose en Armenia, donde han tenido que hacer frente a una complicada situación económica y social. Aunque la cuestión de su retorno ha sido tratado en distintas instancias internacionales, no se ha logrado alcanzar ningún consenso.
El interrogante clave que queda tras la publicación del acuerdo de paz es la fecha de su firma. Como ya ha declarado repetidas veces Azerbaiyán, esto no ocurrirá hasta que Armenia modifique su Constitución y elimine toda referencia a la Declaración de Independencia de 1990.
En esta declaración, citada en el preámbulo de la Constitución armenia, aparece mencionado Nagorno Karabaj, lo que, según las autoridades azeríes, constituye una violación del principio de reconocimiento mutuo de soberanía. Por ello, exigen su eliminación del texto.
Aunque Ereván se ha mostrado dispuesto a eliminar esta parte, para lograrlo debe aprobar una nueva Constitución, algo que tendrá que esperar, por lo menos, a las elecciones nacionales que se celebrarán en junio de 2026. Además, esta nueva carta magna deberá ser aprobada mediante un referéndum, por lo que la ciudadanía puede mostrarse en contra de una reforma tan radical.
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